La “Constancia de Capacidad Matrimonial” y el “Certificado de edictos” son constancias gratuitas que transcriben la legislación venezolana en materia civil para ser presentadas ante las autoridades españolas.
PROCEDIMIENTO:
1- Enviar por correo postal (Correos de España o servicios de mensajería privada con las mismas prestaciones) a: “Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela. Plaza Urquinaona, Nº. 6, Oficina 6A, 08010 Barcelona – España”, los siguientes requisitos:
- Planilla de solicitud del trámite debidamente completada. Descárguela aquí.
- Fotocopia de la cédula de identidad venezolana.
- Fotocopia del pasaporte venezolano (solo la primera página donde se encuentran la foto y los datos).
- Un sobre pre-franqueado “Carta certificada premium” (hasta 100gr). En el espacio para el destinatario debe escribir todos sus datos (nombres y apellidos, dirección completa, localidad, código postal y provincia). Este sobre será utilizado para enviarle el documento a su domicilio.
2- Una vez recibidos y cotejados todos los requisitos, el Consulado le remitirá la constancia solicitada por correo postal, utilizando el sobre que nos hizo llegar, a la dirección indicada en el espacio para el destinatario.
DURACIÓN DEL TRÁMITE:
El trámite se efectúa en un lapso de diez (10) días hábiles, una vez recibidos los requisitos.
IMPORTE DERECHOS CONSULARES:
Gratuito.
PERIODO DE VALIDEZ DEL DOCUMENTO ENTREGADO POR EL CONSULADO:
Dependerá del organismo receptor.
¡IMPORTANTE!:
- Para realizar este trámite es indispensable estar inscrito en el Registro Consular. Para darse de alta, haga clic aquí.
- Para este tramite, el pasaporte debe estar vigente o tener un vencimiento no mayor de un año.