La “Constancia de Registro consular” el documento que acredita la inscripción consular de un/a ciudadano/a. Se presenta ante las autoridades españolas para trámites de nacionalidad o residencia.
PROCEDIMIENTO:
Acudir presencialmente al Consulado los días martes y miércoles, entre las 11:00 y las 12:00 horas, con los siguientes requisitos:
- Un documento de identidad venezolano (cédula o pasaporte)
- Planilla de solicitud de trámite (Descargarla aquí)
- Una (1) fotocopia del pasaporte venezolano (sólo páginas 2 y 3, donde aparecen los datos y la foto).
- € 60,00 (sesenta euros) en efectivo.
- Un sobre postal prepagado, de 350 gramos, de Correos de España, con su nombre y dirección completos, que servirá al Consulado para remitirle a domicilio el documento solicitado.
Una vez recibidos y cotejados todos los requisitos, le enviaremos la constancia por correo postal, en un lapso de diez (10) días hábiles.
DURACIÓN DEL TRÁMITE:
El trámite se efectúa en un lapso de diez (10) días hábiles, una vez recibidos los recaudos.
IMPORTE DERECHOS CONSULARES:
El monto de los derechos consulares para este trámite es de €60,00 (sesenta euros) en efectivo. Para los documentos de niños, niñas y adolescentes el trámite es gratuito.
PERIODO DE VALIDEZ DEL DOCUMENTO ENTREGADO POR EL CONSULADO:
Dependerá del organismo receptor.
¡IMPORTANTE!:
- Para realizar este trámite es indispensable estar inscrito en el Registro Consular. Para darse de alta, haga clic aquí.
- Para este tramite, el pasaporte debe estar vigente o tener un vencimiento no mayor de un año.
- Esta constancia es únicamente para ser presentada ante las autoridades españolas.